En el Código civil de España se encuentran establecidas muchas normas de comportamiento que si se llevaran a cabo se evitarán muchos casos de divorcio. Algunas de estas están establecidas en el Artículo 68 del Código Civil de España. Analicemos este artículo buscando las formas de evitar el divorcio y mantener el compromiso conyugal.
El artículo 68 del Código Civil de España establece las siguientes obligaciones conyugales:
“Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo”.
Los cónyuges deben vivir juntos
Una unión conyugal debe tener un lugar de hábitat común para ambos cónyuges. Existen casos en los que muchas razones obligan a vivir de forma separada creando un distanciamiento que le que quita el sentido a la unión conyugal.
Los cónyuges deben guardarse fidelidad
Cuando hablamos de fidelidad no solo debemos ver el lado de cambiar al cónyuge por otra persona sentimentalmente, sino debemos analizarlo más profundamente. Claro la infidelidad en el sentido más conocido es una de las principales causas de divorcio, pero también se puede ser infiel de otras maneras. Por ejemplo cuando no se da el suficiente soporte emocional o cuando se incumplen los compromisos o pactos ofrecidos.
Los cónyuges deben socorrerse mutuamente
Se trata de una pareja en la que el apoyo mutuo no debe cesar. Por otro lado también hay que saber ganárselo. Pero pese a esto último llega momentos en los que en lugar de un reproche lo que más se necesita es ayuda y, no solo ayuda económica sino emocional. El cansancio y la falta de madurez en cuanto a asumir compromisos como el socorro mutuo provocan en el otro cónyuge el deseo de terminar el vínculo conyugal.
Compartir más que las tareas domésticas
En una pareja de cónyuges debe existir igualdad en la realización de las tareas domésticas. Es cierto que cada uno tiene un rol tanto en casa como afuera de esta mediante una determinada labor. Pero siendo la casa un lugar de hábitat en común ambos deben compartir las obligaciones de acuerdo a sus posibilidades. Ambos deben estar dispuestos a aprender para conseguirlo.
Por último el artículo 68 del Código Civil de España nos habla del cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes. Aquí entran los hijos, padres de los cónyuges y demás familiares que por alguna una razón dependan de cualquiera de los cónyuges.
Si ambos cónyuges pudieran practicar lo que indica el artículo 68 del Código Civil de España existirían menos casos de divorcio o la intención de llevarlo a cabo.
Felicitar al autor por el articulo, muy ilustrativo, lástima la frecuencia con la que se incumplen estos preceptos.
Saludos